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e-mail: alonso@icav.es
ALEGACIONES QUE PUEDE REALIZAR DENTRO DE PLAZO EN VIA ADMINISTRATIVA CONTRA LA MULTA POR BOTELLON IMPUESTA POR CUALQUIER AYUNTAMIENTO
(Otros recursos disponibles bajo demanda: Sanciones por consumo de sustancias prohibidas (drogas), tráfico y estacionamiento, licencias municipales, etc.)
AL DELEGADO DEL GOBIERNO / ALCALDE
REF DENUNCIA: ......................................................
Por la
presente D. ........................................ , con DNI/NIE ......................................... formula las presentes
alegaciones en el periodo destinado al efecto.
JURIDICO-MATERIALES
PRIMERO.- Que el día
++++++++++++++++++++++++ se encontraba el recurrente charlando en la vía
pública en compañía de ++++++ amigos en +++++++++++++++++++++++++, cuando se
vieron abordados por los Agentes de ++++++++++++++++++++++++++++++, quienes tras acusarles de ““La permanencia y
concentración de personas que se encuentran consumiendo bebidas o realizando
otras actividades que pongan en peligro la práctica convivencia ciudadana fuera
de las zonas permitidas”, redactaron el boletín de denuncia que consta en autos
y que ha dado lugar a una sanción de ++++++++++++++++++++ euros impuesta por la
Administración a la que me dirijo, en virtud del procedimiento de ++++++++++++
(norma del lugar)
SEGUNDO.- Que el recurrente no
estaba consumiendo bebida alguna, ni fue sometido a prueba de detección
alcohólica alguna, en el momento de los hechos, siquiera fue sometido a la
prueba de síntomas.
TERCERO.- Que no hubo sustancias
aprehendidas por los Agentes, por lo
que no han sido sometidas a análisis
clínico alguno por Laboratorio autorizado al efecto.
CUARTO.- FALTA DE MOTIVACIÓN: la
resolución recurrida, debería fundarse en los hechos ocurridos objeto de
infracción, sin embargo, carece de los antecedentes de hechos necesarios para
imponer y a su consecuencia clasificar el grado de la infracción y la multa
correspondiente.
En Sentencia dictada por el Tribunal
Superior de Justicia de Cantabria en fecha 15-9-98 se decía literalmente: La
posición del ciudadano en sus relaciones con la Administración sancionadora se
configuran en un estatuto jurídico de garantías que comprende también el
derecho de defensa en el marco del expediente administrativo como consecuencia
de la atracción del artículo 24 de la Constitución. La prohibición de
indefensión es la cláusula de cierre del sistema de garantías del ciudadano en
el procedimiento administrativo sancionador, acogiendo del conjunto de derechos
del artículo 24 de la Constitución, entre otros, el derecho a proponer y
practicar las pruebas convenientes para salvaguardar las posibilidades reales
de defensa en el ámbito del mismo.
En el mismo sentido, la sentencia
del Tribunal Supremo de 12 de febrero de 1990 pone de relieve la independencia
del procedimiento administrativo y del proceso contencioso-administrativo, de
modo que la indefensión que en aquél se cause no siempre cabrá subsanarla en la
vía judicial, señalándose que: "La resolución administrativa debe
dictarse, respetando el sistema de garantías establecido en las normas rectoras
del procedimiento, sistema de garantías cuyo designio final es la defensa del
administrado frente a la Administración. Si este sistema no se respeta, el acto
administrativo resulta viciado. La defensa posible ante la Jurisdicción no
elimina la realidad y significación jurídica de la indefensión producida ante
la Administración, so pena de confundir los papeles de ésta y aquélla, no le corresponde
a la Jurisdicción imponer las sanciones, de ahí que las garantías legales para
su imposición no puedan cumplirse ante ella, cuya misión se reduce a controlar
si tales garantías se observa ron o no por la Administración".
QUINTO.- La Ley 39/15 ha retenido
el derecho constitucional de defensa del Artículo 24, como derecho a alegar y
probar en el marco del procedimiento administrativo sancionador. Por tanto, en
el marco del procedimiento administrativo sancionador, el instructor del
expediente ha de permitir la práctica de los medios de prueba que el presunto
responsable crea convenientes, siempre, claro está, que no sean ilícitos y sí
adecuados o pertinentes -término empleado en el artículo 24 de la
Constitución, no siéndolo únicamente en aquellos casos en que no guardan
relación con los hechos o no son significativos para alterar, modificar o
influir la resolución final del expediente sancionador.
SEXTO.- Se reputa en consonancia
con la cita jurisprudencial transcrita- que es pertinente y lícita la solicitud
de análisis de las bebidas incautadas que esta parte viene realizando desde el
expediente administrativo, pues ya se anuncia que ni los hechos sucedieron como
se relatan ni las bebidas intervenidas han sido analizadas, conculcándose así
el derecho del recurrente a invocar la nulidad de lo actuado por la ausencia de
realización del análisis clínico.
En conclusión, esta parte
mantiene que los hechos denunciados no son ciertos, debiendo deberse la
denuncia a un error o a cualquier otra circunstancia ya que lo acontecido no
concuerda con la realidad de los hechos acaecidos como demostraremos en el
momento procesal oportuno.
SEPTIMO.- Se ha vulnerado de una
forma clara la presunción de inocencia recogida en la Constitución Española, al ser aplicable el
"in dubio pro reo" hasta conocer si la bebida aprehendida contiene
los porcentajes requeridos de alcohol para poder ser declarada como alcohólica,
lo cual sólo puede determinarse mediante análisis realizado por laboratorio
competente para llevar a cabo dichas pruebas analíticas.
Señalar también, que aunque el
Art. 137.3 de la L.O. 26/Nov.92 en su primera parte otorga credibilidad y
fiabilidad a los hechos constatados por funcionarios, a los que se reconoce la
condición de autoridad, no se observan en este caso, los requisitos legales
pertinentes para dicho reconocimiento, por lo poco fiable de la pericia
realizada por los agentes, que se limitan a certificar “olor a alcohol” (o lo
que diga el boletin), careciendo de la
meritada apreciación de las debidas garantías para la salvaguar los
derechos de este recurrente, en tanto en cuanto existe inobservancia del
principio de contradicción, con la consiguiente consecuencia de imponer a la
parte denunciada, la obligación de pasar por la apreciación realizada y darla
por buena; Lo que a nuestro entender genera un caso claro de indefensión.
Dado que no se ha verificado el
contenido de alcohol, ni por lo tanto se ha podido tener en cuenta para graduar
la sanción, lo que supone una violación del derecho a la presunción de
inocencia recogida en el Art. 24.2 de la Constitución Española.
En la Ley 39/15, se recoge entre
otros el derecho constitucional a la mejor defensa posible, entendiendo a tal
fin que no es suficiente con la notificación del procedimiento sancionador sino
que además es preciso que se pongan en conocimiento los hechos concretos objeto
de la denuncia y el resultado del análisis que dio lugar a la incoación del
presente procedimiento por cuanto que la versión recogida en el expediente
administrativo dista mucho de la realidad según se podrá comprobar.
Insistir en que este informe analítico
sería la única prueba suficiente para determinar la comisión, o no, del ilícito
administrativo y según nuestro criterio no ha quedado probado al no haberse
practicado prueba clínica alguna, imprescindible para conocer la verdadera
composición y naturaleza de la bebida incautada.
OCTAVO.- Que el derecho de este
recurrente, ha sido limitado por la nulidad del procedimiento y de las pruebas,
así como vulnerado el principio de presunción de inocencia y nuestros derechos
constitucionales, entre otros el derecho a la libre circulación por el
territorio nacional del Art. 19 CE, el derecho a la intimidad y el honor de las
personas del Art.18 CE, y la garantía del principio de legalidad, jerarquía
normativa, irretroactividad de las disposiciones sancionadoras restrictivas de
los derechos individuales y la seguridad jurídica.
Es por ello que se solicita el
archivo del presente expediente sin más trámite.
En, _______, a __
Fdo.

En Sevilla, la ley "antibotellón" no hace referencia a bebidas alcohólicas, sino sólo a la permanencia y concentración en unión de personas consumiendo "bebidas" (y no especifica el tipo de bebidas". ¿Sería de aplicación pues esta alegación?
ResponderEliminar¿Cuáles son los plazos de tiempo en que te debe llegar la multa a casa? ¿Y el plazo para que la administración responda las alegaciones?
Gracias por la publicación.
ResponderEliminarEste documento es para alegacion? o recurso? Vale tambien para cualquier comunidad Autonoma?
ResponderEliminarGracias
Mi pregunta es la siguiente: como ahora están llegando las multas con un 40% de descuento (360 €, 600 € sin descuento) si presento las alegaciones y me lo deniegan y me toca pagar ¿es posible que tenga que pagar 600 y no 360?
ResponderEliminarGracias
Sí,al recurrir pierdes el 40% de deducción
Eliminar¿Este documento es para recurrir? ¿Se podría usar en la Comunidad de Madrid?
ResponderEliminarGracias.
¿Este documento es para recurrir? ¿Se podría usar en la Comunidad de Madrid? ¿Que plazo tengo? si presento las alegaciones dentro del plazo de 10 dias y me lo deniegan y me toca pagar ¿es posible que tenga que pagar 600 y no 360?
ResponderEliminar¿A alguien le han retirado la multa, habiendo alegado esto?
Gracias.
Responder a las pregunta de arriba por favor
ResponderEliminarSanción de 600 euros en la Comunidad de Madrid, una cifra subrealista con ánimo recaudatorio.
ResponderEliminarMuchas gracias por la publicación del recurso y por el amable trato telefónico. Gracias.
Yo aún la estoy esperando. Estaba con unos amigos de botellón en Madrid (yo conducía ese día, no estaba bebiendo alcohol) y vinieron policías de paisano y nos pidieron los datos. A pesar de repetirles mil veces, incluso mis amigos, que yo no estaba consumiendo alcohol, al final me pusieron la multa. De esto hace un mes y medio y aún no ha llegado nada. Por supuesto no hice uso de la reducción del 40% si la pagas en 10 días hábiles, me parece un robo tener que pagar por no haber hecho nada.
ResponderEliminarMi idea es seguir esperando por si llega (me han dicho que si no llega en el plazo de 3 meses la multa prescribe, pero no se si esto es cierto),y si llega presentar el recuerdo que no creo que sirva para nada, pero en lo que tramitan la resolución me da tiempo a ir sacando el poco dinero ahorrado que tengo en mi cuenta corriente para que no me lo puedan quitar. Después de esto me han dicho que la multa a los 4 años prescribe (tampoco se si será cierto).
Si alguien está como yo y necesita que comentemos algo y ayudarnos mutuamente para ver cómo podemos evitar el pago de la multa que me escriba. alu_0132@hotmail.com
Sanciones de 600 euros por beber en la calle (1200 si eres reincidente) y multa por conducir ebrio igual.Gracias por la atencion recibida via telefonica e intentaremos resolver esto.Gracias.
ResponderEliminarPrimero me sorprendio gratamemte que alguien colgase la presentacion del recurso gratuitamente...despues al ver un telefono donde se anuncia la etencion gratuita on line pense que esa era la forma de captar clientes, y llame.
ResponderEliminarDevo decir que todo lo que aqui se dice es CIERTO, la atencion telefonica es, no solo gratuita, sino rapida y personal, algo que en verdad no me esperaba.
Una vez mas dar las gracias por el magnifico trabajo que estos profesionales hacen ayudando a todo tipo de personas a luchar contra lo que considero un abuso de la administracion local, en este caso Ayuntamiento de Madrid.
Sí,al recurrir pierdes el 40% de deducción en BOTELLON: ALEGACIONES Y RECURSO QUE SE PUEDEN REALIZAR DENTRO DE PLAZO EN VIA ADMINISTRATIVA
ResponderEliminaren respuesta a Mi pregunta es la siguiente: como ahora están llegando las multas con un 40% de descuento (360 €, 600 € sin descuento) si presento las alegaciones y me lo deniegan y me toca pagar ¿es posible que tenga que pagar 600 y no 360? Gracias, por Anónimo.
Respuesta: Una vez haya pagado con descuento sólo cabe recurrir en la vía contencioso administrativa ya que se hace renuncia a formular alegaciones en via administrativa.
Genial, gracias por resolver mis dudas por teléfono sobre este tema. Espero tener suerte. Muchas gracias por vuestra agradable atención.
ResponderEliminarMuchisimas gracias por la ayuda prestada, con profesionales asi da gusto que te ayuden cuando tienes un problema de este tipo. Consultarle cualquier duda que os la resolvera sin problema y probablemente os ayudara.
ResponderEliminarNo podria estar mas de acuerdo con Jose Palazuelos
Muchisimas gracias por la informacion, agradeceros la ayuda que nos dais ya que normalmente la gente estamos muy desinformados en estos casos.
ResponderEliminarSi teneis alguna duda recomieendo esta pagina y tambien el soporte y trato telefonico que te ofrecen.
MUchisimas gracias por la informacion. Es de agradecer que se pueda encontrar profesionales que te informen en estos casos de que v ias tomar, ya que normalmente la gente tenemos poca informacion de como hacerlo.
ResponderEliminarOs lo recomiendo, tienen un trato telefonico muy bueno.
Hola buenas tardes,me ha llegado una multa de botellón en Madrid,la he recurrido y me ha llegado 600€ de cuantía,ahora me dan de plazo 2 meses para la via contencioso-administrativa y queria preguntar si eso me va a costar algo,pues no estaba bebiendo y me han puesto la multa!.Gracias
ResponderEliminarEl recurso en vía contencioso administrativa se puede recurrir acudiendo al Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados de tu provincia solicitando Abogado de Oficio, gratuito si cumples los requisitos para acceder al beneficio de justicia gratuita. En otro caso, en contencioso administrativo se pagan tasas judiciales, el abogado de libre elección y la condena en costas a la parte vencida en juicio. Puedes solicitar presupuesto "low cost" en el 638 584 115
ResponderEliminarQuería dar las gracias por ésta plantilla de alegación ya que la he utilizado y ahora voy a presentarla como recurso en el ayuntamiento de Badalona (Barcelona). Espero tener suerte ya que la sanción es de 201 € ...
ResponderEliminarY sobretodo dar las gracias por la atención telefónica.
Os ánimo a todos que presenten recursos y no pasen por el aro como hacemos con todo... Saludos!
Hola:
EliminarEstoy más o menos en la misma situación que tú, me gustaría saber si tuviste éxito con la alegación.
gracias
Pero esto es para cuando la multa te llega a casa no?
ResponderEliminarComo abalan los comentarios anteriores me gustaría, en primer lugar, agradecer que este recurso esté aquí publicado sin ningún ánimo de lucro. En segundo lugar me gustaría recalcar la excelente y personalizada ayuda y servicio que se me ha brindado por parte del Autor, Andrés Alonso, quien no solo me ha informado sino que se ha dignado a darme su opinión personal acerca del asunto y me ha instado a tomar una decisión que favorezca tanto a mí, como al colectivo de madrileños que sufrimos los abusos de una ordenanza municipal abusiva cuyo único objetivo es el de recaudar, y debo reiterar una vez más, sin ningún animo de lucro y con un trato amable.
ResponderEliminarMuchas gracias Sr. Andrés,
Jorge.
hola mira mi multa ya paso a la agencia tributaria y me llego orden de embargo la cantidad de la multa es 1180€, soy estudiante recurri una ves no recibi respuesta, que podria hacer yo porque creo k mi multa ya no pertenece a madridsalud sino a agencia tributaria.
ResponderEliminarhola mira mi multa es de 1180 € pero cuya multa no pertenece ya a madridsalud sino a la agencia tributaria, me a llegado un comunicado de embargo de cuentas y de bienes sino pago en 10 dias, yo pedi los duplicados de mis multas no me las dieron, recurri no tuve respuesta,, las multas que me pusieron son en calles que nunca estoy por ahi ,, no me hicieron ni firmarlas .. queria saber que puedo hacer .Gracias
ResponderEliminarHola,acaba de llegar a mi domicílio la sancion por beber en la via pública,u si en realidad aunque en un lugar apartado de Madrid y son causar problemas a nadie ,nos pillaron bebiendo y fumando ciertas sustancias "ilegales", de esto último como que hicieron la vista gorda y ni nos registaron pero la sancion por beber en la via pública si me la pusieron, hoy pasados unos meses a llegado a casa lá carta de pago y piden 400 euros ,hay forma de mandar algun recurso llegados a este punto o solo queda pagarla y por lo menos pensar.....menos mal que no me multaron por las dos infracciones, un saludo y muchas gracias por su trabajo.
ResponderEliminarEstimado consultante puede presentar el modelo de recurso de este blog dentro del plazo indicado en la notificación. Reciba un cordial saludo.
EliminarEstimado consultante puede presentar el modelo de recurso de este blog dentro del plazo indicado en la notificación, si no ha recibido comunicación alguna el plazo sigue abierto "sine die". Reciba un cordial saludo.
EliminarGracias por la información , pero tengo una duda yo puse en la multa que si que estaba bebiendo alcohol porque la policia me dijo que era mejor si lo hacía (me comieron la cabeza) una vez reconocido puedo presentar alegaciones? gracias
ResponderEliminarEstimado consultante, puede hacer en la alegación mención de cualquier dato que revele que la sanción es injusta y que le crea indefensión
EliminarMuchas gracias por la ayuda ofrecida, es de agradecer que haya personas que nos defienden ante atracos como este de las autoridades. Te multan aunque no estes bebiendo. Presentare el escrito de arriba a ver si hay suerte.
ResponderEliminarhola! hubo suerte?
EliminarMe han puesto u a multa hara dos meses y me a llegado a casa mi oregunta es que hago ? La recurro o la pago sin mas ? tengo que pagar 600 ? O tengo derecho ho auna reduccion si la pago antes ? Y que pasaria si no la pago ?
ResponderEliminarEstimada consultante, el descuento ya no se lo aplicaran por haber excedido el plazo, por lo que sólo puede recurrir, pagar o no hacer nada, el recurso puede interponerlo si cree que la administración está perjudicando injustamente sus intereses, el pago obviamente pone fin a la via administrativa, pero todavia podría seguir en via judicial, en cuanto a no hacer nada, salvo que se archive el asunto, puede aparecer en cualquier momento la resolución y la ejecución forzosa contra su cuenta corriente, devolución de hacienda, etc.
EliminarHola Andrés. Hace más o menos un mes estábamos mis amigas y yo, que somos de un pueblo de San Sebastián (Guipúzcoa), en Madrid de fiesta. Resulta que teníamos un vaso medio vacío de alcohol apoyado en una pared y en un coche. En un momento, vimos cómo una mujer y un hombre que se nos acercaban y la mujer nos preguntó: ¿Vais a seguir bebiendo o qué vais a hacer? (pero en ese momento no estábamos bebiendo). Y yo contesté: Sí, no sé. Total que nos sacan la placa de la policía, nos piden la documentación y nos empiezan a poner la multa pero a la vez diciendo que seguramente no nos llegaría ya que vivimos en un pueblo de San Sebastían (Guipúzcoa). Para colmo, después que nos pusiesen la multa nos dijeron: "podéis seguir bebiendo pero lejos de nosotros".
ResponderEliminarDespués de saber todo esto querría saber cuánto tardaría en llegar la multa o a ver si va a llegar, ya que aquí está permitido beber alcohol en la calle.
Gracias.
Estimada consultante, tiene el Ayuntamiento tres meses para resolver y notificar la resolución (el primer intento de correos dejando el aviso vale para cumplir dicho plazo) pasado este, ya no debe sancionar.
ResponderEliminarMe han puesto una multa alegando que me habian visto dejar el vaso en la acera. Acto seguido me dijo que como no sabía que es lo que estaba bebiendo se lo iba a inventar y me puso en la multa whiskey con cocacola. Impresionante. Quisiera saber por favor si con el recurso tengo realmente opciones de librarme de la multa o no y en el primer caso cuánto dinero me costaría recurrir. Gracias.
ResponderEliminarEstimado consultante, el importe de recurrir en via administrativa es gratuito ya que no es preceptivo abogado, pero si prefiere que el recurso se lo redactemos "low cost" puede enviar por correo la multa al e-mail: alonso@icav.es o llamar al telefono 24 h. 961135451.
EliminarEn cuanto a las posibilidades de librarse de una multa que tiene al parecer objetivos puramente recaudatorios dependen de cada municipio y sobre todo de la carga de trabajo de sus funcionarios.
Esto me sucedió en Madrid, ¿realmente tengo posibilidades de ganar el recurso o tengo todas las de perder? Gracias por la respuesta Andres.
EliminarA mi me pasó exactamente lo mismo y me ha llegado hoy a casa que tengo que pagar 600 euros, me gustaría saber si utilizando esta plantilla de recurso me puede valer. Muchas gracias
EliminarBuenas tardes, ayer me pusieron una multa por arrojar un vaso en la vía pública, no pone nada sobre que estaba bebiendo por lo que veo que el anterior recurso no me es válido. Sólo tengo el resguardo. Mis preguntas son las siguientes:
ResponderEliminar¿Cuánto tiempo tienen para enviarme la multa propiamente dicha a mi casa? Porque según lo oído creo q prescriben en un tiempo que desconozco.
¿La cuantía de la multa es también de 600 euros como las de beber en la calle?
¿Para que se me haga el descuento tengo que esperar a que me llegue la multa a casa, o los dias se cuentan desde que los policias te ven en la calle?
Muchas gracias
Estimado consultante, el tiempo que tiene por ejemplo el Ayuntamiento de Madrid para resolver sobre la sanción es de tres meses desde la fecha de la infracción. En cuanto a los motivos del recurso, es texto es libre y puede adaptarlo a su versión de los hechos, pero si prefiere que el recurso se lo redactemos a medida y a precio "low cost" puede enviar por correo la multa al e-mail: alonso@icav.es o llamar al telefono 24 h. 961135451. La cuantía debe figurar en el boletin de denuncia so pena de nulidad.
EliminarEl plazo para pagar con descuento empieza desde que se comete la infracción, si es que es este el momento que considera la administración que está notificado.
Estimado señor Alonso:
EliminarMe veo en las circunstancias de muchos de los consultantes, en mi caso la policía no me vio bebiendo en vía pública, pero llevaba un botellín de cerveza prácticamente vacío asomando del bolso. El agente me hizo sacar el botellín pero ni siquiera comprobó si estaba vacío, y en el boletín de denuncia no figura la cuantía de la multa. En Madrid, ¿esto es motivo de nulidad, como comenta?
Muchas gracias por su desinteresada atención.
Respecto a mi consulta anterior, sobre tirar un vaso en la calle, me han comentado que antes se podía cambiar la multa por trabajos sociales en Madrid, ¿es cierto?
ResponderEliminarMuchas gracias de nuevo
En la Ley si que figura esta posibilidad pero, al parecer en el Ayuntamiento de Madrid se debe recabar mas información llamando al 914 804 272 en horario de 8:30 a 14 horas
EliminarHola, quería saber si me podrías resolver una duda. Este jueves me pusieron una multa por beber en la vía pública en Castellón, pero yo vivo en Valencia. Varios compañeros me han comentado que conocen gente que no la han tenido que pagar por ser de Valencia y no tener bienes inmuebles en Castellón. ¿Podrías decirme si esto puede ser así o hay algún motivo para no pagarla? En el caso que tuviera que hacerlo, ¿se me aplicaría una reducción al pagarla estos días? Muchas gracias.
ResponderEliminarHola, Buenos días.
ResponderEliminarAyer estábamos un grupo de cinco chicas y solo tres estaban bebiendo en la calle pero la multa nos la pusieron a todas. Una de ellas llamó a un amigo suyo que es abogado y le dijo que si no tenemos cuenta bancaria, y no la pagamos, no pasa nada ya que en un plazo de dos años la multa transcribe. Me gustaría saber si esto es cierto, por que no queremos pagar nada, y menos las que no estábamos bebiendo, y en el momento de recurrir ya te tienen más pillado sabiendo que estabas en el lugar de los hechos y que todo te ocurrió a ti, mientras que si no vas, no hay manera de demostrar que estabas allí.
También una de ellas es la segunda multa que le ponen, la ultima fue en Abril del año pasado. ¿Es más dinero? por que hemos oído que es el doble, o algo así.
Gracias
Estimada consultante, dos años sin cuenta corriente es ya de por si una larga condena, las sanciones prescriben a los tres meses si no ha habido resolución y la ejecución con cada requerimiento de la administración se puede reabrir su expediente. cada reincidencia se castiga con 500 euros, por lo que vale la pena intentar dejar sin efecto la primera sanción, recurriendo naturalmente si el funcionamiento de la Administración no ha sido correcto.
EliminarEstimada Lorena, en ejecución de la sanción la entidad local puede cobrarte a través de la agencia tributaria. El motivo de recurso pienso que debe estar basado en el daño injusto que produce la administración con su funcionamiento.
ResponderEliminarHola, me llamo Raquel.
ResponderEliminarHace aproximadamente dos meses y medio nos multaron a un grupo de amigos y a mi, y con el paso del tiempo, sin tomármelo muy enserio ya que no nos dieron la copia a la mitad se me ha ido olvidando, y perdi el recibo. Hoy me ha llegado una carta con la correspondiente multa, son 1200 ya que soy reincidente, y no tengo el dinero para poder pagarlo, ya que no tengo trabajo, ni he tenido, y bastante tengo para pagar la matricula de la universidad. ¿Me podría recomendar algo que hacer en este caso?
Gracias
Un saludo
Raquel.
Estimada Raquel, cada vez que reincida van a ir subiendo la multa, por ello pienso que debe recurrir, puede utilizar el modelo que se ofrece aqui durante la via administrativa, para en el caso de que no resuelvan a su favor, también debería considerar ir al contencioso administrativo solicitando abogado de oficio en el Colegio de Abogados, si lo que necesita es un letrado de su elección, nos tiene a su disposición en Madrid llamando al 638584115.
EliminarBuenas noches, me pusieron una multa por beber en la vía pública, partiendo de la base de que no estaba bebiendo ya que incluso estaban las botellas sin abrir, pensé en recurrirla pero según están las cosas es tontería.
ResponderEliminarDicho esto mi pregunta es la siguiente, el domicilio que apuntó el policía de mi DNI es diferente al que tengo ahora, en caso de que en el plazo de 3 meses no tuviera constancia de la multa y en un futuro me descontaran dinero de mi cuenta o tuviera consigo alguna sanción, ¿tendría derecho a que se me indemnizara dicha cuantía retirada sin mi consentimiento ya que no tenía constancia de que me llegara la multa?
Buenas noches, hace 2 días me impuesieron una multa por beber, en verdad no estaba bebiendo y las botellas estaban sin abrir, recurrir según están ahora las cosas no sirve de mucho.
ResponderEliminarMi pregunta es la siguiente, en mi DNI pone una dirección antigua de mi domicilio y el policía apunto esa, ¿en caso de que no tenga constancia de dicha multa ni me llegue a mi casa por la dirección, y en un futuro me hicieran pagarla o descontar de la cuenta dicha cuantía, podría reclamarla y obtener dicha cuantía retirada?
Gracias.
Espero su respuesta Andres
Estimado Alejandro, en el momento le notifiquen por edictos seguirán con la ejecución sin que usted se entere hasta que hacienda o el banco le den la noticia, ya en esa fase poco podrá hacer para evitar que se lleven su dinero
EliminarHola, nos multaron el otro dia en Madrid por consumir bebidas alcoholicas en la calle...mi duda es que me he dado cuenta que en la denuncia pone que la bebida alcoholica es "wisky" y no whisky...no se si eso es suficiente argumento para invalidar una multa ya que "wisky" no es ninguna bebida alcoholica...gracias de antemano
ResponderEliminarEstimado Emilio, puede utilizar el modelo que se ofrece aqui durante la via administrativa, haciendo su alegación y la de que no han procedido a analizarlo, causandole infefensión
EliminarEn caso de que la denuncia no llegue a tu domicilio por que pone en la multa otro diferente a la que es y no tengas constancia de ella hasta que pasado esos tres meses por alguna razón obtengas alguna sanción, ¿como se puede reclamar?
ResponderEliminarEl hecho de que se haya intentado notificar en otro domicilio y posteriormente por edictos puede causar indefensión, que es una de las alegaciones que puede hacer constar al recurrir.
EliminarHola, yo ya he realizado dos recursos para la denuncia por consumo de alcohol en la via publica en madrid y las dos veces me lo han rechazado, alegando que yo no presento pruebas....cuando deben ser ellos quien las presenten. Ahora me mandan al contencioso-administrativo, pero yo no puedo pagar un abogado...de hecho saldria mas caro que a multa en si. Yo vivo con mis padre y tengo cero ingresos, ademas de que llevo parado 2 años. Mi pregunta es la siguiente: ¿podría tener un abogado de oficio para el contencioso-administrativo?
ResponderEliminarUn saludo y gracias de atemano
Hola, yo ya he realizado dos recursos por la denuncia de consumir alcohol en la via publica, cuando no estaba consumiendo. Las dos veces lo han rechazando alegando que no presento pruebas. Ahora me mandan al contencioso-administrativo pero yo no puedo pagar un abogado ya que vivo con mis padres y tengo ingresos cero. Mi pregunta es la siguiente: ¿Me pertenece un abogado de oficio para el contencioso-administrativo?
ResponderEliminarUn saludo
Estimado consultante puede ir al contencioso administrativo solicitando abogado de oficio en el Colegio de Abogados, si lo que necesita es un letrado de su elección, nos tiene a su disposición en Madrid llamando al 638584115.
ResponderEliminarHola. En Mayo de 2013 me llego una multa por importe de 360€ por beber en la calle de Madrid. Aun no la he pagado, y hoy día 29 de Enero de 2014 me ha llegado una notificación de que asciende a 397,50€. Mi pregunta es la siguiente: ¿Debo pagarla para que no me siga subiendo, o ya que llevo casi un año seguir sin pagarla? ¿Cuanto tiempo tiene que pasar desde que te notifican hasta que prescriba y se olviden de ello? Muchas gracias y un saludo
ResponderEliminarMuchisimas gracias por su ayuda!
ResponderEliminarEs de agredecer que aun haya gente que de verdad quiera ayudar y que lo haga sin animo de lucro. Para la gente corriente que no estamos metidos en el mundo juridico y no entendemos muy bien como se trabaja, es una gran ayuda. De verdad muchisimas gracias por resolver mis dudas totalmente gratis y por ser tan amable aun siendo las horas que eran. Muchisimas gracias.
¿La presentación del recurso , que me parece magnífico y adecuado al caso , aplaza el pago de la sanción o se ha de pagar aunque se recurra?
ResponderEliminar¿La sanción económica será la que propone el agente en el boletín entregado?
¿Hasta que no llegue notificación del ayuntameinto, la sancíón no es firme ni recurrible, se supone?
Hola. En Mayo de 2013 me llego una multa por importe de 360€ por beber en la calle de Madrid. Aun no la he pagado, y hoy día 29 de Enero de 2014 me ha llegado una notificación de que asciende a 397,50€. Mi pregunta es la siguiente: ¿Debo pagarla para que no me siga subiendo, o ya que llevo casi un año seguir sin pagarla? ¿Cuanto tiempo tiene que pasar desde que te notifican hasta que prescriba y se olviden de ello? Muchas gracias y un saludo, luis
ResponderEliminarEstimado consultante, efectivamente puede pedir abogado de oficio si se encuentra sin ingresos que sobrepasen dos veces el salario mínimo o equivalente
ResponderEliminarHola. En Mayo de 2013 me llego una multa por importe de 360€ por beber en la calle de Madrid. Aun no la he pagado, y hoy día 29 de Enero de 2014 me ha llegado una notificación de que asciende a 397,50€. Mi pregunta es la siguiente: ¿Debo pagarla para que no me siga subiendo, o ya que llevo casi un año seguir sin pagarla? ¿Cuanto tiempo tiene que pasar desde que te notifican hasta que prescriba y se olviden de ello? Muchas gracias y un saludo, luis
ResponderEliminarMuchas gracias de verdad por esta informacion, se agradece verdaderamente vuestra atencion y vuestra ayuda, por tan noble colaboración que se hace a nosotros los ciudadanos.
ResponderEliminarLa atención telefónica ha sido óptima y muy clara. Recomendable plenamente y saludo este blog y su labor para empoderarnos a los ciudadanos frente a estos abusos sistemáticos de sectores de la Administración Pública.
Hola. En Mayo de 2013 me llego una multa por importe de 360€ por beber en la calle de Madrid. Aun no la he pagado, y hoy día 29 de Enero de 2014 me ha llegado una notificación de que asciende a 397,50€. Mi pregunta es la siguiente: ¿Debo pagarla para que no me siga subiendo, o ya que llevo casi un año seguir sin pagarla? ¿Cuanto tiempo tiene que pasar desde que te notifican hasta que prescriba y se olviden de ello? Muchas gracias y un saludo, luis
ResponderEliminarDonde pone "por la presente..." y "en virtud del procedimiento de ++++ (norma del lugar), ¿qué debo poner? Gracias.
ResponderEliminarhola , buenas hace un mes me pusieron una multa por estar haciendo botellon, la cosa es que yo habia llegado hacia 10 minutos, ademas yo puedo demostrar que no estuve alli mas que ese tiempo , tengo una llamada y fotos de como yo estaba estudiando y que allí no había estado mucho tiempo , los policias ignoraron lo que dije y yo pedí que se me hiciera la prueba de alcoholemia , entonces ellos se negaron diciendome que ahora la ley habia cambiado y que no tenian la necesidad de hacerme ninguna prueba para poder multarme. En la denuncia me pone explicitamente que yo estaba bebiendo cerveza y en el momento que ellos llegaron yo estaba a una distacia de 3 metros de las bebidas y sin nada en la mano, por supuesto voy a recurrirla , ¿ me podría decir usted que posibilidades tengo de que se anule el trámite?
ResponderEliminarHola buenas,soy mayor de edad,sin antecedentes,estoy estudiando y es la primera vez que me ponen una multa por beber en vía publica con unos amigos,el caso es que dije que solo bebí una cerveza y me pidieron los datos porque no llevaba el DNI encima,no nos hicieron prueba de alcohol ni nada solo se limitaban a decir que olíamos.
ResponderEliminarA mi amigo le llamaron gilipollas por acercarse cuando estaban pidiéndome mis datos y a otro amigo que es latino,le dijeron que daba mala espina,como una indirecta racista,el caso es que no se si puedo recurrir,alegar o algo para intentar evitarla
Dentro de los 10 dias siguientes a la denuncia puede presentar alegaciones (las de esta página p.ej.) y si recibe resolución puede utilizar el mismo modelo como recurso potestativo de reposición. Tambien se lo podemos redactar escribiendonos a: alonso@icav.es
ResponderEliminarEl sábado pasado me encontraba tomando algo con unos amigos en un bar de Madrid. Algunos de mis amigos pidieron una última ronda que, al acercarse la hora del cierre del local, les fue servida en vasos de plástico. De esta manera, al cerrar el bar, mis amigos y yo salimos del local, portando algunos de ellos dichos vasos con lo que les quedaba por consumir.
ResponderEliminarMedio minuto después, cuando nos encontrábamos a 3 metros de la puerta del bar, se presentó un coche de la policía local y los agentes nos pidieron el DNI a todos sin dar más explicación. Volvieron a su coche con los documentos y al poco retornaron con notificaciones de denuncia para todos por supuesto consumo de alcohol en la vía pública. Les expliqué que nos acababan de echar del bar, que en ese momento estaba cerrando las puertas, y que yo ni siquiera tenía un vaso en la mano ni estaba ingiriendo líquido alguno, explicaciones que fueron ignoradas.
Cabe decir que en ningún momento los agentes comprobaron el contenido de los vasos. Además, a mi me dieron la notificación con el nombre de un amigo, y a ese amigo una copia de la suya propia, por lo que yo no recibí mi notificación. Esta irregularidad no importó a los agentes, que se subieron al coche y emprendieron la marcha.
Sé que los agentes tienen presunción de veracidad, pero ¿cómo pueden probar que consumí alcohol en la calle cuando no tenía vaso ni recipiente con líquido, no se me realizó prueba de alcoholemia, no comprobaron el contenido de los vasos ni recogieron muestras para su análisis, ni había botella alguna que indicara que su contenido era alcohólico?
¿Cuál es el procedimiento más aconsejable a seguir? ¿Reconocer falsamente los hechos de los que se me acusa para obtener un descuento en la sanción, renunciando de esta manera a cualquier recurso? ¿Merece la pena realizar alegaciones o recurrir la multa cuando esta llegue a casa? ¿O es que los ciudadanos estamos indefensos ante estas sanciones indiscriminadas de carácter claramente recaudatorio?
Gracias por su tiempo y ayuda,
Un saludo.
Buenos días,
ResponderEliminarEn la noche de ayer vinieron varios policías a la zona de un parque donde nos encontrábamos y nos pidieron la documentación puesto que habíamos estado bebiendo. En ningún momento se nos informo de si estábamos siendo multados ni recibimos ningún "papelito" por parte suya.
¿Cómo puedo saber si he sido multado? ¿Es esto legal?
Gracias de antemano
Excelente atención telefónica.
ResponderEliminarGracias.
Muchas gracias por la amabilidad y tan rapida respuesta de mediante telefono de Andrés Alonso Pons, da gusto toparse con buenos profesionales segun como estan las cosas en la actualidad. Esta multa totalmente recaudatoria cuesta mas que una infraccion de trafico cosa que no tiene sentido. se me plantea la duda si merece la pena recurrir porque en el tlf donde te an la informacion te dicen que de la gente que recurre el 98% le toca pagas los 600€. ¿¿haya alguna persona?? que haya obtenido una resolucion favorable y no haya tenido que pagar
ResponderEliminarun saludo
Hola:
ResponderEliminarPresentar este recurso asegura de alguna manera que la multa no siga adelante?. Me explico, por recurrir pierdo el descuento del 40% y si el recurso no sigue adelante tengo que pagar 600 euros. De que depende que la multa sea anulada por el recurso?
Espero su respuesta y muchas gracias por la ayuda prestada.
Hola:
ResponderEliminarEste recurso asegura que la multa no siga adelante? Me explico, si recurro, pierdo la reducción del 40%, por lo cual, si no lo aceptan me toca pagar 600 euros. De que depende que el recurso sea aceptado?
Sinceramente, es mejor pagar con reducción o recurrir?
Muchas gracias
Muchas gracias por todo, la atención telefónica es estupenda y informan muy bien de las posibilidades que hay
ResponderEliminarHola! Buenas tardes. El día de ayer nos pusieron una multa por beber en la calle. Los policías me dijeron que por ser estudiante extranjera no me preocupe porque no me llegara nada. No sabia que era ilegal beber en la calle. Que debo hacer en mi caso? alegar, pagar o que? Mis amigos son españoles, que es lo recomendable? No estábamos haciendo botellón solo era una lata de cerveza, ni música ni nada. Muchas gracias de antemano. Mi correo es lacritica17@hotmail.com
ResponderEliminar5 de mayo de 2014
ResponderEliminarMuchas gracias por ayudarme a resolver las dudas surgidas a la hora de hacer frente a la sanción impuesta a mi hijo por el "no consumo de bebidas alcoholicas" en la vía publica.
Hola,ayer me dejaron un recibo de una multa por "botellón" en el buzón,el caso es que cuando nos tomaron los datos yo enseñe mi dni con mi dirección de Madrid etc ,y la multa me ha llegado a Toledo que es donde me multaron,esto puede ser porque estoy de alquiler?también me dí cuenta que mi nombre figuraba así Mª Pilar cuando yo me llamo Marta. Me gustaría recurrirla y también saber que hago si al recoger la carta el nombre sigue estando mal equivocado,la recojo o no?y si el nombre está mal al recogerla como lo hago?otra cosa es que cuando nos multaron no nos dieron ningún tipo de resguardo.Muchas gracias de antemano.
ResponderEliminarBuenas.. Ayer nos cazaron tirando la bebedida en.una calle de.Madrid aislada no...lo siguiente.. Y estabamos solo yo y.otro amigo.. Y había un coche enfrente en.un vado haciendo Loq nosotros pero en.su.coche.. Pues llegaron los.moteros como si de terroristas fueramos.. Y aparte de.su prepotencia solo nos multaron a.nosotros pq los.otros chicos les.dijeron que estaban esperando a.sus novias y que no estaban bebiendo.. Ni los registraron ni los bajaron del coche.. Y se.cebaron con nosotros... Yo es.mi 1 y no se si la ley de.municipios es.como lo que paso con la de los puntos del carnet... Solo se.aplica en.las.grandes ciudades... No se puede recurrir porque en Madrid debemos ser los.tontos
ResponderEliminarBuenas
ResponderEliminarEste sabado nos pillo a mis amigos y a mi bebiendo en calle la guardia civil, nos dijeron que mandarian los datos a la junta de castilla y leon y que ellos ya nos enviarin la notificacion....no nos dieron nada d la denuncia, solo noa cogieron los datos
Que podemos hacer para evitar la.multa? Y de cuanto puede ser la cuantia
Muchas gracias de antemano y un saludo
Hola, soy una madre desesperada que tras un fin de semana en Madrid de mi hija y 4 amigas más han regresado a Asturias con una multa cada una de 600 euros por consumo de alcohol en la vía pública. Hemos recibido hoy la notificación de la sanción.
ResponderEliminarPueden indicarme por favor si puedo y cómo recurrirla?-
Gracias.
Un saludo.
Buenas tardes, hace unos meses estaba en la calle con unos amigos y la policía nos multó por beber aunque no llevábamos nada en la mano. La mayoría lo reconoció pero algunos no. En este caso,si me llega la multa, ¿tengo algún tipo de derecho de que me hagan el 40% de descuento aunque pusiera que los 10 días para reconocerlo eran a partir del levantamiento del acta? Muchas gracias
ResponderEliminarHola,me ha llegado una multa de 150 euros por consumo de bebida en via publica,la fecha de la infracción es del 14 de Julio del 2013,y me ha llegado en Mayo del 20014,Tengo que recurrirla,y si es asi,me vale el recurso del blog.Gracias
ResponderEliminarMe ayudo mucho telefonicamente! Gracias!
ResponderEliminarHola, yo soy de Toledo, y el otro día yendo con 2 amigos, nos encontramos con nuestro grupo de amigos y paramos a saludarles, ellos estaban de botellón y uno de los que íbamos se unió a ellos, pero yo y otro no. Justo apareció la policía con una actitud un tanto burlesca y nos dijo: ``Bueno, que pasa, en el sofá tan agusto, ¿eh?; venga esto va así chavales, o se come el marrón uno y paga 300 pavos (si, dijo pavos) u os tragáis cada uno 60 euretes... (apenas dejó tiempo para pensarlo) Bueno, como no respondéis darme cada uno vuestros datos (fuimos de uno en uno dándoselos y él cuando los pedía seguía chuleandose). Las dos personas que no bebimos le dijimos al policía varias veces que no habíamos bebido, pero al parecer no le importaba.
ResponderEliminarEsto ocurrió el 25 de abril y la multa llegó el día 30 de junio.
En la multa pone ``Consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública´´ y el importe es de 60€.
Hoy la he recurrido contando los mismos hechos que cuento en este comentario...
Según mi caso, ¿tengo las de ganar o las de perder?, ¿si no aceptaran mi reclamación que pasaría?, ¿aumentaría la multa?; aquí en Toledo creo que no hay ningún descuento del 40%...
Gracias por vuestra atención.
Hola, yo soy de Toledo, y el otro día yendo con 2 amigos, nos encontramos con nuestro grupo de amigos y paramos a saludarles, ellos estaban de botellón y uno de los que íbamos se unió a ellos, pero yo y otro no. Justo apareció la policía con una actitud un tanto burlesca y nos dijo: ``Bueno, que pasa, en el sofá tan agusto, ¿eh?; venga esto va así chavales, o se come el marrón uno y paga 300 pavos (si, dijo pavos) u os tragáis cada uno 60 euretes... (apenas dejó tiempo para pensarlo) Bueno, como no respondéis darme cada uno vuestros datos (fuimos de uno en uno dándoselos y él cuando los pedía seguía chuleandose). Las dos personas que no bebimos le dijimos al policía varias veces que no habíamos bebido, pero al parecer no le importaba.
ResponderEliminarEsto ocurrió el 25 de abril y la multa llegó el día 30 de junio.
En la multa pone ``Consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública´´ y el importe es de 60€.
Hoy la he recurrido contando los mismos hechos que cuento en este comentario...
Según mi caso, ¿tengo las de ganar o las de perder?, ¿si no aceptaran mi reclamación que pasaría?, ¿aumentaría la multa?; aquí en Toledo creo que no hay ningún descuento del 40%...
Gracias por vuesttra atención.
hola, en pascua nos multaron a 8 amigos y a mi en Granada y yo soy de Alicante por estar bebiendo en la calle a dos amigos le aparece una calle diferente a las demas, no nos quitaron ninguna botella de alcohol porque no las teniamos a la vista, simplemente nos dijeron que vaciaramos el vaso y lo tiraramos a la papelera, sin preguntarnos que llevabamos y despues de eso nos pidieron el dni, al ser la primera vez nos dijeron que probablemente nos llegaria solamente un aviso, un mes despues nos ha llegado la multa que la cantidad es de 150€ y si la pagamos antes del 16 de junio nos hacen el 30% que se queda en 105 €. Queria saber que si la recurro y no me la aprueban la cantidad luego es mayor a 150€ y si tendria alguna posibilidad de que la aprobaran. Espero pronto su respuesta. Ya que tengo plazo hasta el viernes de esta semana
ResponderEliminarBuenas, le agradezco a estas personas la labor que hacen sin cobrar un centimo a esas personas que lo necesitas, me han dado un buen trato telefonico y resuelto todas mis dudas, saludos.
ResponderEliminarBuenos dias podeis ayudarme a redactar el recurso, me pusieron una sancion por consumir bebidas alcoholicas en la via publica pero no me dieron el boletin unicamente me solicitaron el dni
ResponderEliminarHola, a mi hijo le multaron en Madrid por beber en la calle. Independientemente de que el asegura que no estaba bebiendo (no le gusta) sus amigos sí. Les recogieron los DNIs y no le advirtieron a ninguno de que iban a ser multados, y no les dieron ningún justificante. La consecuencia es que al recibir la multa ya ha pasado el periodo de alegaciones y reducción de la cantidad. En el reverso de la multa habla de que se puede interponer Recurso Potestativo de Reposición. La pregunta es si ese recurso es administrativo o contencioso-administrativo y si hace falta abogado o no para interponerlo.
ResponderEliminarAdemás, dado que mi hijo, que tiene 18 años, mayor de edad, es estudiante y no tiene ingresos, me pregunto si puede declararse insolvente, como tendría que hacer esta declaración y que consecuencias podría tener de cara al futuro
Un saludo y gracias de antemano
Hola, hace tres días me pusieron una multa en Madrid a mis dos amigas y a mi por estar sentadas en un banco de un parque con una botella de alcohol llena y otra de fanta entera también, sólo teníamos dos vasos y estaban vacíos, aún así, se acercaron dos policías de paisanos y nos pidieron la documentación. Al principio parecía que se iba a quedar ahí, pero después nos llamaron para que firmáramos una multa por consumir alcohol en la vía pública. Yo, personalmente, intenté hablar con los dos policías intentando que entraran en razón, ya que poseer alcohol en la vía pública aún no está penalizado con ninguna sanción, pero ellos se basaron en que tenían "sospechas" de que estábamos bebiendo y que lo demás lo teníamos escondido. Mis preguntas ante tal situación son:
ResponderEliminarHe recibido una copia de la multa (que por supuesto ni reconocí que estaba bebiendo, ni firmé nada) entonces, ¿Ahora tengo que alegar lo que está puesto en este blog? ¿A qué órgano de la Comunidad de Madrid debo dirigirme? Y cuando llegue la multa, ¿qué tengo que hacer para recurrir y reclamar mi presunción de inocencia? Aparte de todo esto, ¿se podría notificar de este desafortunado hecho orientado claramente a fines recaudatorios, al defensor del pueblo o a algún otro órgano para intentar que a otras personas no les pase lo mismo?
Un saludo y gracias, la verdad que en estos temas tan complejos e injustos, no sé muy bien cómo actuar para declarar mi inocencia.
Buenas tardes, este fin de semana fui multada por consumo de alcohol en Valencia, el papel que se me dio no pone de cuanto seria la cantidad de € a pagar ni nada por el estilo, más que mis datos y y que se adjuntaban 3 muestras de dicha bebida, cosa que no se hizo delante de mi. A parte no me propusieron firmar nada y abajo pone que no deseo recibir copia. Se podría hacer algo? porque a mi me están diciendo que una de las muestras me la deberían de haber dado
ResponderEliminarEstimada consultante, el destino de las tres muestras esta dentro de la administracion y del juzgado, no le tienen que entregar ninguna pero usted tiene derecho a que le hagan la prueba de contraste, ya que con la primera van a determinar el nivel de alcohol para proceder a incoar el procedimiento sancionador. Cuando le comuniquen la sancion puede utilizar las presentes alegaciones o llamarnos al 961135451 para adaptarlas a su caso concreto. Reciba un cordial saludo.
EliminarHola, a mi hija la han multado por Bajar de casa de una amiga, con un vaso en la mano al ir a coger un taxi.
ResponderEliminarEn el boletin entregado que firmo y reconocio bajo presion de los agentes que llevba alcohol en el vaso, no han pusesto ni la fecha ni la hora.
debe esperar a recibir la notificacion ya que no hemos optado por la reducion dentro de los 10 dias que pone el boletin
y si por no poner fecha ni hora no pueden sancionar finalmente
Gracias
<jose <ignacio
Hola
ResponderEliminareste fin de semana a mi hija y sus amigos todos menores de 18 años les pusieron una multa por consumir alcohol en la via publica
Justo al lado de la entrada de una discoteca de sabadell eso esta lleno de jovenes q hacen botellon, no firmaron pero les entregaron copia nosaben cuanto tendran q pagar ni nada mas ..no les hicieron ninguna prueba de alcoholemia . Q se puede hacer?
Hola buenas le pusieron a mi marido una multa por beber alcohol en ma calle.
ResponderEliminarCuando le pusieron la multa el tenia tarjeta de residencia y ese numero es el que consta en la multa(el viernes 14/11/14) el dia 25 recoge em dni español podria librarse asi de la multa?? Por otro lado al anotar los datos no les dejaron hablar en ningun momento y pusieron la direccion antigüa en la cual ya no vivimos podriamos anular la multa x ese error en los datos de mi marido gracias
ola soy marcelo mira no se que acer tengo dos multas por botellon una de ace 2 años y la otra recientemente quisiera pagarlas pero no de golpe por que no tengo mi pregunta es puedo pagar aplazos o no por ejemplo unos 100 euros al mes y si se puede como lo ago espero que me ayudes te agredeceria mucho gracias
ResponderEliminarola soy marcelo mira no se que acer tengo dos multas por botellon una de ace 2 años y la otra recientemente quisiera pagarlas pero no de golpe por que no tengo mi pregunta es puedo pagar aplazos o no por ejemplo unos 100 euros al mes y si se puede como lo ago espero que me ayudes te agredeceria mucho gracias
ResponderEliminarMuy buen trato, es cierto que no cobran nada y que asesoran muy bien gratis y por teléfono. Me ha aliviado mucho, estoy muy agradecida y os lo recomiendo a todos. Gracias Alonso y Pons!
ResponderEliminar¿a alguien le ha servido de algo presentar esta u otra alegación? Soy de Madrid y me han multado por una lata de cerveza.Gracias
ResponderEliminarHola chicos,
ResponderEliminarsoy otro de los perjudicados por esta masacre de multas en Madrid. Me pusieron ayer la multa... tengo receta por lo que puedo pagar antes de los 10 días con el 40% de descuento. Mi pregunta es... ¿alguien se ha salvado de pagar? ¿sirve para algo el recurso? Creo que ahora están bastante puestos en esto y que es difícil librarse... aún así, he leído este artículo:
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/03/16/madrid/1394974002_846870.html
En él, indican que la comunidad de Madrid todavía únicamente cobran 1 de cada 5 pero... ¿cómo librarse?? no parece tan sencillo por lo que oigo de amigos y leo por ahí... ¿alguna sugerencia?? Graciasss!!
hola he estado ablando con el señor andres alonso abogado y me he quedado alucinado con simplemente una llamada te lo explica todo esto es para flipar que gente mas agradable gracias
ResponderEliminarAcabo de estar hablando con Andrés con motivo de una multa por consumo de alcohol en la vía publica y con un grandísima amabilidad ha solventado las dudas que tenía. Es un placer contar con profesionales en este país que compartan su sabiduría y experiencia de esta forma. Decirle que, si requiero de servicios profesionales para este asunto me pondré en contacto con usted. Muchas gracias.
ResponderEliminarBuenas me han multado este viernes, para declararme insolvente y presentar alegaciones, ¿debo hacerlo antes de que me llegue la carta al domicilio(si me llega) o después de que venga la carta?
ResponderEliminarHola, buen dia
ResponderEliminarEn el boletin de multa entregado por los agentes hay un error en la fecha de nacimiento, el resto de los datos del DNI son correctos. Puede ser eso motivo de nulidad de la multa? Gracias.
Buenas noches:
ResponderEliminarHe entregado esta alegación como recurso a la multa que el pasado sábado me fue interpuesta pese a no estar consumiendo bebidas alcohólicas. Asimismo, he podido leer una sentencia en la que un jóven fue absuelto alegando esto mismo. ¿Alguien puede comentar su experiencia al respecto tras haber presentado el recurso?
En caso de que mi recurso sea rechazado,¿seré informado? ¿Tendré posibilidad de acogermeval pago reducido?
Muchas gracias pornsu ayuda
Un saludo.
hola! funcionó? gracias
EliminarHola a mi hija la multaron con 600 euros hemos entregado la alegacion y vamos a esperar pero aqui nadie dice si se han librado de pagar la multa o que estaria bien que alguien comentara sobre si es efectiva. Gracias a los abogados que ayudan a los demas sin cobrar nada
ResponderEliminarHola a mi hija la multaron con 600 euros hemos entregado la alegacion y vamos a esperar pero aqui nadie dice si se han librado de pagar la multa o que estaria bien que alguien comentara sobre si es efectiva. Gracias a los abogados que ayudan a los demas sin cobrar nada
ResponderEliminarhola! funcionó? nadie dice nada de si funciona... gracias!
EliminarHola buenas , me ha llegado a casa una notificación de una multa por beber en la vía publica resulta que está dicha multa me la han puesto el día 10 de junio del 2014 y me ha llegado hace dos días , pero en dicha fecha no me multaron ni ningún agente me dio cualquier documento o papel de dicha sanción, me gustaría saber que puedo hacer ante este panorama ya que algunos me han dicho que al pasar tanto tiempo ya no tengo que pagarla porque caduca o algo asi, después que si presentó una alegación pero leo y leo que después de tanto tiempo ya no tendría ni descuento y al presentar dicha alegación pueden hacerme pagar más de lo estimado. Necesito alguna ayuda o información sobre que hacer , muchas gracias.
ResponderEliminarHola buenas, me a llegado a casa una notificación sobre una multa por beber en la vía pública, el día 10 de junio del 2014 y me ha llegado hace un día ,no entiendo porque me llega esto, ya que en ningún momento ningún agente me haya dicho que estuviera multado ni me han dado algún documento alguno para poder pagarlo , algunos me han dicho que al haber pasado tanto tiempo ya no tengo que pagar nada pero he llamado al 010 Y me dicen que si tengo que pagarlo , y puedo recurrir pero no entiendo porque vienen a mandarme eso cuando no me multaron en ningún momento sinceramente me siento timado por esto.
ResponderEliminarHola. El dia 2 de Marzo de 2015 le pidieron el D.N.I. a mi hija y unos amigos que se encontraban en una plaza de Parla (Madrid) donde suelen reunirse. Dijeron que no habían hecho nada y les preguntaron que de quien eran las botellas de cerveza vacias que había en el suelo (debajo de la papelera). Les contestaron que no eran suyas ya que allí esta mucha gente y les dijeron que no se preocupasen por lo del D.N.I. que no les pasaría nada. Hoy 19 de Mayo de 2015, se presenta un agente en mi casa con el recibo de pago de 600 Euros y una carta en la cual pone que transcurrido el plazo de diez días hábiles la persona denunciada no ha presentado alegaciones ni reconocido su responsabilidad (cosa que leí después de firmarla mi hija). A parte de decirles que no se preocupasen, no les dieron Acta, denuncia ni nada. ¿Cómo formular alegaciones si ni siquiera teníamos conocimiento de esta denuncia?. ¿Es legal? Por otro lado no viene ningún numero de agente. ¿Qué puedo hacer? Mi situación económica es pésima y mi hija no trabaja además me parece injusto tener que pagar algo de lo cual no eres culpable. Muchas gracias y un saludo.
ResponderEliminarFelicitaciones, la verdad que se agredece que personas como tu hagan este tipo de cosas. Tengo 2 preguntas:
ResponderEliminar1. ¿Que porcentaje de multas se consiguen quitar? ¿Merece la pena recurrir?
2. Si decido hacer la reduccion de la multa ¿Se podria fraccionar el pago de la misma?
Hola buenas, ayer noche, en el distrito centro de Madrid, 3 amigos y yo estábamos bebiendo una lata de cerveza cada uno y fuimos multados por ello. El caso es que las latas estaban apoyadas alrededor nuestro, no estábamos formando ningún alboroto y es la primera vez que nos multan. Somos estudiantes, no tenemos ingresos y no reconocimos ni firmamos la multa. Se que tenemos un plazo de 10 días para reconocer la infracción y reducir la multa en un 40% pero dado la injusticia e hipocresía de los actos, de multarnos por beber una cerveza a escasos metros de varias terrazas donde las sirven legalmente, queremos recurrir todo lo posible para no efectuar el pago. Si reconozco los hechos en estos 10 días hábiles para reducir el pago, tendría también que pagar el importe en dicho plazo o podría esperar meses hasta que llegué a mi casa?
ResponderEliminarGracias de antemano, un saludo y mis máximos respetos por su labor ;)
Buenas, el otro día estaba en casa con unos amigos viendo una película tomando unas cervezas y fumando.
ResponderEliminarAl bajar a la calle se acercó un señor que no iba de uniforme y nos dijo que era policia. Nosotros por una coña que llevábamos haciendo toda la noche a causa de una película que vimos no le creímos y le dijimos que eso no se lo creía nadie etc hasta que sacó la placa y nos puso a cada uno una multa por consumir estupefacientes, meternos con un cuerpo del estado (o algo así) y por ir borrachos.
La cuestion es: no nos entregaron ningun boletín de denuncia, simplemente apuntó nuestros datos y se fue.
Tengo que recurrir ya la multa o me tengo que esperar a que llegue a casa? Un saludo de antemano.
Hola
ResponderEliminarBuenas, ayer por la noche me pusieron una multa por beber en la calle (Madrid) pero el agente me entregó la copia que debería quedarse el, por lo que en el anverso de la misma no aparece información alguna, ni el importe, ni la información, ni nada de nada. ¿Puedo recurrir?
ResponderEliminarHola! En febrero nos pusieron una multa a mis amigos y a mi por beber en la calle en Madrid. En aquel momento me aconsejaron que no hiciera nada, que lo más probable era que la multa ni siquiera llegara a casa. Ahora en septiembre, tras 7 meses sin noticias de la multa, me ha llegado una carta de pago de la Agencia Tributaria de Madrid. Tengo varias preguntas:
ResponderEliminar- ¿El modelo de este blog me sigue valiendo para recurrir?
- La fecha de la infracción es Febrero, pero en la carta de pago pone Marzo...¿Hay alguna forma de hacer que la multa sea inválida por error en los datos?
- Mi sueldo es el único que llega a casa, y vivo con mi madre y mi abuela. Dicho sueldo es de 540€, y la multa me pide 400€...¿Hay alguna forma de declararse insolvente?
Buenas tardes. El viernes pasado me multaron junto a cuatro amigos por beber en la calle. En ningún momento me vieron beber ni se acercaron a ver que bebía. En el acta de denuncia que me entregaron pone que bebía whisky, cosa que es totalmente falso, y para colmo se olvidaron de poner el DNI. ¿puedo recurrir la multa por estos motivos? No se llevaron ni muestras ni siquiera se molestaron en oler el contenido de los vasos. Es una indefensión total.
ResponderEliminarBuenas noches.
ResponderEliminarEste fin de semana estaba bebiendo en la calle con dos amigas y vi de lejos a dos policías y tire rápidamente el vaso. Se acercaron porque uno de ellos dijo que me había visto beber y yo por los nervios lo negué y dije que no estaba bebiendo. Me pidió el DNI y me dijo que me multaba por haberle mentido. A mis dos amigas no las dijo nada, sólo iba a por mi. El policía al darme la multa me dijo que fuera a partir del 1 de Enero a recurrir la multa y que pusiera que el no tenía claro lo que yo estaba bebiendo ya que el vaso estaba vacío y sólo teníamos una botella de fanta. No sé que hacer, si servirá de algo lo que me ha dicho el policía para recurrir ya que soy estudiante, no tengo trabajo ni cuenta bancaria y no me puedo hacer cargo de la multa. En la copia que me dieron pone: "Datos del notificado, en calidad de DENUNCIADA" y por detras de la copia hay solo un cuadro y pone: "Se ha extendido denuncia por los hechos reseñados en el adverso del presente voletin. Se ruega espere a recibir en su domicilio las indicaciones que le remitirá el órgano encargado de la instrucción del expediente" No me viene ninguna información más, y tampoco me hicieron firmar la multa.
Espero su ayuda ya que estoy muy perdida y no sé como actuar.
Muchas gracias.
Ayer estaba en un parque publico bebbiendo y nos denunciaron, Al se una multa alta no pienso pagarlo, Cuanto tarda en llegar la justificación a casa, Y que puede pasar..
ResponderEliminarMe han denunciado por botellón cuando ni siquiera estaba bebiendo, nadie me dijo en ningún momento que se me imponía dicha denuncia, ni me dieron copia, ni me dijeron que firmara nada, simplemente me he enterado cuando me ha llegado la carta a mi casa. ¿Alguna recomendación?
ResponderEliminarEn un caso que nos ha tocado de cerca han aplicado la Ley 9/1998, de 22 de julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias, donde en su artículo 20.4 G se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, pero si nos vamos a la definición de consumo, el legislador es taxativo y expone que el consumo debe ser inapropiado, por lo que no es el caso, ya que ni siquiera estaba bebiendo, pero creo que los argumentos jurídicos que se exponen en este modelo nos son de gran ayuda. Muchas gracias
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